La Gerencia de Asuntos Étnicos del Departamento del Atlántico, pública aviso de convocatoria con el fin de ejecutar Convenio de Asociación en los términos del artículo 5 del decreto 092 de 2017 y el decreto 509 de 2017.
El Departamento del Atlántico, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 y al parágrafo del numeral V.II.XIV.II.II del Decreto 509 de 2017 “Por el cual se modifica el manual de contratación del departamento del Atlántico y se adiciona un capítulo”, publica aviso de convocatoria con el fin de suscribir convenio de asociación con entidad privada sin ánimo de lucro para el desarrollo del proyecto denominado: “”AUNAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y ORGANIZATIVO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO “ , cuyo objeto es : “AUNAR ESFUERZOS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y ORGANIZATIVO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO”, teniendo en cuenta : .
1- Que la Gerencia de Asuntos Étnicos ha recibido propuesta por parte de la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE COLOMBIANA “ASOAFROCOL , en adelante LA ESAL, para ejecutar el proyecto cuyo objeto es: AUNAR ESFUERZOS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y ORGANIZATIVO DE LOS GRUPOS ÉTNICOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO”.
2- Que el valor total del proyecto corresponde a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($290.000.000,oo).
3- Que el referido proyecto se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 202002436 del 27 de julio de 2020, por valor de $250.000.000, oo.
4- Que LA ESAL, ha manifestado interés en aportar el treinta por ciento (30%) del valor total del proyecto, es decir la suma de NOVENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($90.0000.000,oo).
5- Que en cumplimiento del Decreto 092 de 2017 y el Decreto 509 de 2017, se procede a publicar el presente aviso por un término de tres (03) días, a fin de determinar si existen otras entidades interesadas en ejecutar el convenio y aportar por lo menos el 30% del valor del proyecto.
6- Que la información requerida referente a la ejecución del Convenio de asociación se encuentra contenida en los Estudios Previos publicados junto al presente aviso.
7- Que LA ESAL interesada deberá anexar a su manifestación de interés:
a- Certificación bancaria en la que conste que a la fecha cuentan con la totalidad de los recursos ofrecidos, en su cuenta bancaria de la cual debe ser titular ESAL.
b- Autorización del órgano directivo de la ESAL al representante legal para comprometer los recursos para la ejecución del proyecto, si a ello hubiere lugar.
c- Certificación de estar inscrita la ESAL en el SECOP II.
d- Deberá anexarse la constancia de la ejecución, de por lo menos dos convenios cuyo objeto y actividades estén relacionadas con el objeto del convenio que se suscriba. Para acreditar este requisito deberá anexarse fotocopia del contrato y/o certificación expedida por el contratante en el que conste el cumplimiento en la ejecución del convenio y la correcta ejecución del recurso público.
8- Que las manifestaciones de interés y la documentación solicitada deberán enviarse al correo institucional
9- Que una vez surtidas, las etapas descritas y establecidas en la normatividad vigente para los convenios de asociación, y de no recibirse manifestaciones de interés, el Departamento procederá a solicitar la suscripción del convenio con la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE COLOMBIANA “ASOAFROCOL”.
Dado en Barranquilla a los 14 días del mes de septiembre de 2020.
Consultar esta Convocatoria Firmada
LUIS FERNANDO CASSIANI HERRERA
GERENTE DE ASUNTOS ÉTNICOS
GOBERNACIÓN DEL ATLÁNTICO